6. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - 2021 PERMISOS ESPECIALES

6. PERMISOS ESPECIALES

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020-2021

b. Completar formulario y adjuntarlo a la solicitud. c. Carta de poder debidamente autenticada d. Presentar el respectivo recibo de pago al SENASA según el Artículo 3, numeral 6, del “Reglamento de tasas por servicios prestados por la Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA) (ACUERDO N. 005-2019)”, el cual establece como valor a cancelar por el registroDistribuidor de fertilizantes y plaguicidas es de L 4,725.00 (Cuatro mil setecientos veinticinco Lempiras exactos). e. Nombre y domicilio legal del Distribuidor de la Empresa. f. Nombre del asesor técnico responsable. g. Ser titular del registro del Plaguicida a re envasar o estar autorizado por el DCPU. h. Acta de constitución social de la empresa y de nombramiento de representantes. i. Constancia de inscripción en las dependencias oficiales correspondientes. j. Ubicación, dirección completa de la planta re-envasadora, de las bodegas o almacenes. k. Constancia de capacitación de personal de venta. l. Descripción de las instalaciones para almacenar plaguicidas, * Para el pago correspondiente, el Establecimiento solicita una boleta de autorización de pago a la DCUP, luego con esa autorización se va a la ventanilla de OIRSA el cual entrega un recibo y con ese recibo se va a la ventanilla de BANADESAA en el SENASA. VIGENCIA: condiciones de seguridad. m. Plan de contingencias. El Registro de Establecimiento tendrá una vigencia de 2 años y para su renovación deberá cumplir con los requisitos de registro establecidos en este apartado, según corresponda. Toda solicitud de renovación deberá realizarse 30 días antes de su vencimiento 6.10.5 SOLICITUD REGISTRO DE IMPORTADOR DE FERTILIZANTES Y PLAGUICIDAS Ley Fito zoosanitaria decreto no 157-94, art: 14 y 15. Reglamento de uso y control de plaguicidas art: 6,7, 8, 9, 51 inciso “d”, 194, 195, 196 y 197. Reglamento vigente Acuerdo No. 005-2019 de tasas por servicio del SENASA art: 3 numeral "3". REQUISITOS: a. Solicitud de registro dirigida al Director General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria presentada por el apoderado legal del establecimiento con su poder conferido. b. Completar formulario y adjuntarlo a la solicitud. c. Carta poder debidamente autenticada

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