7. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - 2021 ASPECTOS E INCENTIVOS L…

7. ASPECTOS E INCENTIVOS LEGALES

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020 - 2021

j. Copia fotostática de la Escritura de Constitución de Sociedad o Declaración de Comerciante Individual debidamente autenticada. k. Copia del permiso de operación vigente, autenticado por un notario. l. Constancia del Servicio de Administración de Rentas (SAR) de haber iniciado operaciones y de estar funcionando el establecimiento comercial. m. Estado de resultados y balances autorizados por un contador colegiado, con sus timbres correspondientes y sello profesional. a. Pago de la correspondiente tasa por permiso especial de permanencia por cada año: CIEN DOLARES AMERICANOS EXACTOS ($100.00) por cada persona. Cambio de Moneda Nacional (L.) n. Pago de la correspondiente tasa por certificaciones, constancias o atestados: DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L 200.00). o. Croquis y fotografía del establecimiento comercial *Todos los documentos precedentes del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Relaciones Exteriores o en los consultados de Honduras. PERMISO ESPECIAL DE PERMANENCIA PARA EXTRANJEROS EMPLEADOS POR CONTRATO Es la Autorización concedida por Instituto Nacional de Migración, los extranjeros contratados como empleados temporales por una persona natural o jurídica. Quién realiza el trámite: Apoderado Legal Dónde se realiza: Instituto Nacional de Migración Costo: US$100 por año + L 200 de la certificación Tiempo promedio: 30 días

7. 1 INSTITUTO HONDUREÑO DE MIGRACIÓN El objeto de la presente Ley es regular la política migratoria del Estado, la entrada o salida de personas nacionales y extranjeras, la permanencia de estas últimas en territorio hondureño y la emisión de los documentos migratorios. 7.1.1 PERMISO ESPECIAL DE PERMANENCIA PARA EMPRESARIOS El Instituto Nacional de Migración comunica que los extranjeros que soliciten Permiso Especial de Permanencia en la Categoría de Empresarios, en base a lo establecido en el Artículo 39 de la Ley de Migración y Extranjería; Artículos 42, 43, 69, 70 y 127 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería, deberán cumplir con los requisitos siguientes: Quién realiza el trámite: Apoderado Legal Dónde se realiza: Instituto Nacional de Migración Costo: US$100 por año+ L 200 de la certificación Tiempo promedio: 30 días REQUISITOS: a. Presentar solicitud dirigida al Director (a) Ejecutivo (a) del Instituto Nacional de Migración, por cada uno de los peticionarios; consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto del extranjero y del Apoderado Legal. b. Timbres exigidos por la Ley que deberán ser adheridos a la solicitud y ser debidamente cancelados. c. Consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto. d. Carta Poder autenticada expresando las generales del Apoderado Legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax y correo electrónico e. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de seis (6) centímetros de alto por cinco (5) centímetros de ancho tomada de frente, consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda. f. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de última residencia, cuando corresponda, debidamente autenticados. g. Certificación original extendida por la Dirección Policial de Investigación (DPI) de no tener denuncias en su contra o antecedentes penales, cuando sean mayores de dieciocho (18) años. h. Certificación médica con una antigüedad no mayor de seis (6) meses a la fecha de presentación de la solicitud. i. Copia del pasaporte debidamente autenticada.

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