5. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - 2021 IMPORTACIONES Y EXPORTA…

5. EXPORTACIONES | IMPORTACIONES

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020-2021

CERTIFICADO DE ORIGEN DEL SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS Este documento de exportación es utilizado para todas las exportaciones hacia Australia, Japón, Noruega, Nueva Zelanda, Rusia y Suiza, de productos amparados bajo los esquemas preferencias de comercio “Sistema Generalizado de Preferencias (SGP),”mismo que concede arancel cero o aranceles reducidos a los paísesbeneficiados.ElmismoseadquiereenlaAsociaciónNacional de Industriales (ANDI) por unmontodeUSD$.3.00. REQUISITOS: a. Comprar el Certificado de Origen en la ANDI. b. Llenar el Certificado a máquina sin borrones, alteraciones o enmiendas. c. Adjuntar copia de la factura comercial. d. Presentar el Certificado de Origen ante el CENTREX para su autorización. e. Este documento debe acompañarse de un Certificado Fitosanitario o Zoosanitario de Exportación según el origen del producto, así como Es un documento de exportación que controla la cuota de azúcar exportada, misma que es establecida por la Organización Mundial del Comercio (OMC), y la cual es supervisada por la Embajada Americana en la ciudaddeTegucigalpa,Honduras.Dicho trámite es dirigido a los productores exportadores de azúcar hacia los Estados Unidos deNorteamérica. REQUISITOS: a. Presentar ante el CENTREX el Certificado de Elegibilidad debidamente llenado a máquina, sin borrones, alteraciones o enmiendas. b. Adjuntar nota de la Embajada de los Estados Unidos de América que detalle la cantidad autorizada a exportar. c. Una vez autorizados los Certificados de Elegibilidad presentados por el CENTREX, se emitirá nota dirigida a la Embajada de los Estados Unidos de América acompañada de los mismos. una Declaración de Exportación. CERTIFICADODE ELEGIBILIDAD

d. Toda documentación antes mencionada será entregada al solicitante para su respectivo trámite. DECLARACIÓNDE EXPORTACIÓN Toda persona natural o jurídica que efectúe exportaciones de bienes, están obligadas a declarar previamente ante el Banco Central deHonduras por cadaexportaciónque realicen, la cantidad, valor y destino de los bienes a exportar, así como la fecha probable de la exportación y moneda en que recibirá el pago correspondiente. Se exceptúan de la disposición anterior las exportaciones de bienes que se originen de las Zonas Libres (ZOLI), así como las exportaciones de menor cuantía y las que realicen las empresas maquiladoras conforme lo establecido en el Reglamento de la Ley de Ingreso de Divisas Provenientes de las Exportaciones. El incumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley y Reglamento de Ingreso de Divisas Provenientes de las Exportaciones, está sujeto a multa. Ver la Ley de Ingreso de Divisas Provenientes de las Exportaciones; Decreto Número 108-90 de fecha 26 de septiembre de 1990. www.cnbs.gob.hn/files/leyes/DEC108-1990.pdf. REQUISITOS: a. Llenar el Formulario de Declaración de Exportación a máquina sin borrones, alteraciones o enmiendas, firmado y sellado por la persona natural o jurídica exportadora o un Agente Aduanero. Este formulario lo encuentra en el sitio web www.bch.hn b. Si está exportando por primera vez, debe presentar: • Original y copia de la Escritura de Constitución, así como sus reformas si las hubiese. • Original y copia del RTN de la empresa. • Original y copia de la tarjeta de identidad, RTN numérico, pasaporte y/o carnet de residente (si aplica), del Representante Legal y su cónyuge, Gerente General, Encargado de Exportaciones y todos los socios de la empresa. • Poder general de administración. c. Llenado o actualización del formulario CUMP-3 que contiene datos de identificación del cliente Exportador. d. Solicitar usuario y contraseña al Sistema SECEH. Ver requisitos de registro. e. Ingresar a la página www.seceh.centrex.hn e iniciar sesión y seleccionar la opción de la Declaración de Exportación.

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