2. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - 2021 ASPECTOS FISCALES

2. ASPECTOS FISCALES

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020 - 2021

2.1 REGISTRO TRIBUTARIO NACIONAL (RTN) De acuerdo con el artículo 66 del Código Tributario deben inscribirse en el Registro Tributario Nacional, los siguientes: Las personas naturales, jurídicas y las organizaciones o entidades que carecen de personalidad jurídica, pero que realizan actividades que las convierten en obligados tributarios, deben inscribirse en el Registro Tributario Nacional (RTN) que al efecto lleva la administración tributaria, conforme con lo dispuesto en el marco legal aplicable. *Ver capítulo 1 sobre inicio de operación de una empresa para la obtención del RTN (Registro Tributario Nacional) 2.2 IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS Según artículo 18, inciso 2 del Código Tributario, la exención y exoneración tributaria o aduanera, no exime al obligado tributario de los deberes de presentar declaraciones, retener tributos en su caso, declarar su domicilio y demás consignados en este código salvo que una ley tributaria o aduanera especial disponga expresamente lo contrario. 2.2.1 PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN DE IMPUESTOS SOBRE LA VENTA REQUISITOS: INTERACTIVA EN OFICINA VIRTUAL a. RTN b. Contraseña tributaria c. Número de Formulario a completar: SAR-224 Ver procedimiento completo en: https://www.sar.gob.hn/isv/ EN LAS VENTANILLAS BANCARIAS a. Número de Formulario impreso a presentar SAR-222

EN DET LIVE DET LIVE es la plataforma para la declaración de impuestos sobre ventas y sobre la renta que la SAR ha puesto a disposición de los tributantes. Instalación y desinstalación de DET -Live: http://detlive.sar.gob.hn/?q=Instalaci%C3%B3n Para su uso se requiere: a. Número de contrato de adhesión b. RTN c. Contraseña Tributaria d. Número de Formulario a completar SAR-227 PRESENTACIÓN Y PAGO Según artículo 11 de la Ley de Impuesto sobre venta los responsables de la recaudación del impuesto presentarán mensualmente una declaración jurada de ventas y enterarán la suma percibida en las oficinas recaudadoras autorizadas al efecto. El entero se hará dentro de los primero 10 días calendarios del mes siguiente a aquel en el que se efectuaron las ventas. PAGO En banca en línea o ventanilla de las instituciones bancarias.

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