01 Ley para la Promoción y Protección de Inversiones

Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Scccion A Acucrdos y Lcyes 2011 No. 32,568

La Gaceta

desarrollar acti~dades de inversion sobre bienes inmuebles, podran acogerse al presente regimen para prevenir conflictos sobre el inmueble extinguiendo l~s posibles derechos de propiedad de ·personas que nose encuentren poseyendo el inmueble. No hay cabida minima del area del inmueblepara poder acogerse a este regimen. El beneficiario tendra hasta dos (2) aiios para realizar la inversion, pasado el termino, se c'cn1celara el beneficio. ARTICULO , __ Unicament'e podran acogerse a este ; regimen quienes reUn.an los requisitos siguientes: 1) Esten en posesion material quieta, ·pacifica, publica e 'ininterrumpida del inmueble por, si mismo o por un tercero en su hombre, realizando hechos positivos de aquellos a que solo da derecho el dominio, como el corte de maderas, la construccion de edificios, ellevantamiento de cercas, la sie~bra d~ cultivos y otros de igual significacionejecutados sin el consentimiento de terceros ' que puedan tener pretensiones de propiedad sobre ese inmueble; 2) Puedan demostrar animo de dueiio acreditando el pago de impuestos de bienes inmuebles, la realizacion de actos de riguroso dominio o similares; y, 3). Poseer un titulo de propiedad inscrito en e1 Registro de la Propiedad. ARTICULO 10.- La solicitud para acogerse al regimen debera presentarse ante la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional d~ Inversiones. · La preseiitacion de dicha solicitud debera publicitarse meCliante el empleo de notificaciones enmedios masivos de comunicadon y la fij acion de carteles en los sitios del predio que se pretende proteger . por el termino de treinta (30) dias. Las publicaciones deberan indicar que el fin de ese procedimiento es prevenir conflictos sobre ~a propiedad raiz extinguien_do los posibles derechos de propiedad que terceros no poseedores puedan tener sobre ese inmueble. ARTiCULO 11.- Si dentro del termino indicado en el Articulo anterior no se presenta oposicion, quedan extinguidas todas las acciones reivindicatorias de derechos de propiedad que terceros no poseedores puedan alegar sobre ese inmueble. · 'Transcurrido este plazo y dentro de los cinco.(5) aiios posteriores a1 vencimiento del mismo, los terceros no poseedores Unicamente podran demandar el resarcimiento del valor economico del inmueble, . sin las mejoras que hubiere realizado e1 inversionista. :Qespues de _este plazo, queda extinguido todo derecho de cualquiernaturaleza sobre el inmueble. o/ ARTICULO 12.- A1 extinguirse los derechos de propiedad que terceros puedan tener sobre el inmueble, ninglin tercero que alegue tener derechos de propiedad sobre ese inmueble podra presentaracciones reivindicatorias de dominio sobre el mismo ni alegar ni adquirir ning6n derecho real sobre este.

6) El derecho a establecer sinrestricciones, subsidiarias-, sucursales, oficinas de representacion o inversiones conjuntas.

CAPiTULO II OHLIGACIONES Y BENEFICIOS

ARTiCULO 5.- Los inversionistas podran contratar dentro y fuera del pais, sin restricciones, seguros que cubran sus inversiones contra riesgos comerciales y no comerciales. · Tambien podran contratarse seguros contra riesgos con empresas nacioriales o extranjeros sin restricciones en las categorias siguientes:

1) Transporte maritimo;

2) Aviacion Comercial;

3) Sobre mercaderia objeto de transporte que cubra alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancias objeto de transporte, el vehiculo que transporta la mercancia y la resportsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos;

4) Mercancias en transit9; y,

5) Reaseguro y retrocesion.

ARTICULO 6.- Se reconocen las siguientes protecciones

adicionales a los inversionistas ep. propiedad raiz: \ 1) Seguro o garantia sobre el titulo de propiedad;

2) Regimen preventivo de coirllictos; y,

3) Regimen de garantia de recuperacion de inversiones enmejoras y de continuioad de un proyecto en ejecucion sobre,una propiedad raiz ertlitigio. ARTiCULO 7.- Las personas naturales. o juridicas que .pretendan invertir o hayan invertido en adquirir derech6s reales sobre propiedad raiz podran comprar seguros o garanHas que los protejan contra los riesgos potenciales originados por el titulo de propiedad en que se amparan. El seguro o garantia de titUlo debera ser emitido por personas juridicas, nacionales o extranjeras, dedicadas profesionalmente a esta actividad. ' La adquisicion de este seguro o gaianHa sobre el titulo de propiedad es excluyente del saneamiento en caso de eviccion yes exigible· por el plazo o condicion que se seiiale contractualmente. CAPiTULO III DE EL PROCEDIMIENTO PARA EL REGIMEN PREVENTIVO DE CONFLICTOS ~,

ARTICULO 8;- Las personas naturales o juridicas interesadas en desarrollar proyectos sobr~ bienes inmuebles, o

COMPENDIO DE LEYES PARA EL INVERSIONISTA 14

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