3. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - Consejo Nacional de Inversio…

3. CONSEJO NACIONAL DE INVERSIONES

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020 - 2021

• El aviso deberá ser anunciado en una emisora de radio con cobertura nacional y una con cobertura en la localidad donde se ubica el bien inmueble objeto de la protección, publicado en el horario de más audiencia (utilizando el texto emitido por la Secretaria del CNI; el aviso deberá indicar claramente que el fin del procedimiento, que se ha iniciado ante el Consejo Nacional de Inversiones (CNI). • El aviso deberá ser fijado en carteles en los sitios del predio que se pretende proteger con las dimensiones y el texto que el Consejo Nacional de Inversiones (CNI) señale. El aviso deberá indicar claramente que el fin del procedimiento, que se ha iniciado ante el Consejo Nacional de Inversiones (CNI). e. El inversionista debe presentar evidencia de la publicación antes que transcurran treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la última publicación de los avisos; los interesados deberán presentar ante la Secretaria Ejecutiva del CNI, los documentos que evidencien la publicación en Diarios, Radios y letreros In Situ. f. Se debe considerar que durante este proceso se pueden presentar oposición a la Solicitud presentada por el inversionista nacional o extranjero, para lo cual seguirá el procedimiento establecido en los artículos 11 al 13 de la LPPI y el artículo 32 Decreto Legislativo No. 284-2013. g. Una vez resulto el procedimiento anterior en caso de haber sucedido el Consejo Nacional de Inversiones de emitir el registro de la Certificación de Cumplimiento, dentro del término de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la última publicación del aviso a que se refiere en el Artículo 9, al no haberse presentado oposición alguna, o, cuando habiendo surgido oposición, la misma hubiese sido desestimada por las autoridades competentes, la Secretaria Ejecutiva del CNI certificará que se cumplió con el trámite o procedimiento para el Régimen Preventivo de Conflictos y que no se presentó oposición al mismo. h. Una vez obtenida la certificación, el inversionista debe inscribirla en el Registro de la Propiedad Inmueble debiendo hacerse las anotaciones correspondientes al pie de la escritura raíz. El registrador de la propiedad no podrá denegar la inscripción de dicha certificación.

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